La hacienda moderna es una prolongación de los principios fiscales de la medieval. Continúa la pluralidad de haciendas, ya que cada reino tenía la suya. Otro problema importante era el del traslado de capitales, por lo que las rentas había que consumirlas en el lugar donde se pagaban. El afán recaudador del rey estaba limitado por las Cortes, que era la que debía autorizar la recaudación de los impuestos extraordinarios.
Las rentas ordinarias son muchas y consumen gran parte de los excedentes de la producción agrícola e industrial. Una de las características de la hacienda del Antiguo Régimen es la ausencia de impuestos directos. Impuestos directos, tradicionales en Castilla, como la cartinega y la renta de población fueron perdiendo importancia económica.
La recaudación de impuestos suponía más gastos que ingresos, por eso se inventó el sistema de encabezamientos, o alquiler del derecho de recaudación, con lo que la corona se aseguraba unos ingresos fijos, aunque menores de lo que le hubiese correspondido. Los que consiguen, tras subasta, un encabezamiento se les llama arrendadores mayores. Los encabezamientos aparecen en los primeros años del siglo XVI y se subastaba en los territorios. En 1534 se subastó en todo el reino el encabezamiento general, pero no fue suscrito hasta el 15 de agosto de 1536.
Mayor importancia tuvieron los impuestos indirectos, que gravaban, sobre todo, el comercio y el transporte. Hay diversas tasas, las más importantes son: las alcabalas y las rentas generales. La alcabala fue la más importante figura fiscal del Antiguo Régimen. En su origen fue un impuesto local, que data de 1342. Generalmente era un 10% del valor de las cosas.
Ante la tendencia a perpetuarse las cantidades pagadas, a pesar de la inflación, Felipe IV se vio obligado a aumentar sus ingresos creando nuevos impuestos; entre los que destacan los cientos, un aumento porcentual de la tasa de la alcabala. En un principio sólo era para determinados servicios, pero su vinculación a la alcabala permitió que se perpetuase. Pero lo normal era que se tuviese que recurrir a los impuestos extraordinarios.
También existieron impuestos territoriales fijos, recaudados por las diputaciones. Fueron los equivalentes en Aragón, o la contribución única en Navarra. Esta contribución territorial se determinaba según la riqueza territorial teórica; pero no hubo un intento serio de conocer cuál era la riqueza real del reino hasta la encuesta (el catastro de la riqueza) del Marqués de Ensenada de 1749, que sustituirá las rentas directas por rentas provinciales. Se pretenderá sustituir la multitud de impuestos: millones, cientos, alcabalas, servicios, etc., por uno solo.
No sólo el rey recaudaba impuestos sino que también lo hacían los señores feudales y la Iglesia, con el diezmo.
Desde de siglo XIII se vienen pagando las tercias reales que quedaron fijadas en dos novenos del diezmo. En 1485 se crea la bula de cruzada, un privilegio que la Iglesia concedió al Estado y que terminó perpetuándose. En 1565 Felipe II instituyó el excusado, como una serie de bulas de la Iglesia al Estado. El cobro del excusado no comenzó hasta 1572. En el quinquenio de 1573 a 1577 aparecen las concordias otra contribución de la Iglesia al Estado. Además, hubo de pagar impuestos extraordinarios como el fondo pío beneficial, para financiar guerras.
Los servicios se fijaron definitivamente en 1538, en las Cortes de Toledo, en 300 millones de maravedís, con lo que se convirtió en un impuesto ordinario.
En 1590 se votan los primeros millones. El presidente de las Cortes los pide en nombre del rey, se discute la cuantía, y se conceden con determinadas condiciones. El rey tratará de no cumplirlas.
Otro impuesto extraordinario fue la sisa, que no se podía mantener durante mucho tiempo, ya que consistía en entregar, al mismo precio, menores cantidades de aceite, vino, vinagre, carne, azúcar, etc.
La corona suele tener, frecuentemente, problemas de liquidez por lo que suele recurrir al préstamo de las instituciones financieras más poderosas de la época. La primera gran quiebra se produjo en 1557, un año después de la coronación de Felipe II. El sistema de asientos es una forma muy fácil de la corona para conseguir liquidez, y evitar así convocar a las Cortes. La corona suele poner como garantía el alquiler de los impuestos. Serán muy frecuentes, durante todo el Antiguo Régimen, las quiebras y bancarrotas, particularmente frecuentes en el siglo XVII que se solventan con la emisión de juros y de deuda pública. Como medio excepcional de recaudar dinero se vendió patrimonio, se obligó a hacer donaciones a los miembros más ricos de la sociedad y se «vendieron» vasallos, con lo que se concedían señoríos jurisdiccionales, en los que se podía recaudar impuestos, durante tiempos limitados. Los donativos se iniciaron en 1590 con Felipe II. La venta de vasallos era más problemática, puesto que requería la aprobación de las Cortes.
Los banqueros
más importantes de la época fueron los italianos Gentile
y Spinola, que prestaron a Carlos I; los alemanes Fúgger
y Schultz, que prestaron a Felipe II; y los españoles Bernuy, Cueñas
y Curiel de Torre. A todos ellos se les pagaba con el oro que llegaba de
América.
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