Tres son las bases que permiten la llegada de la democracia, y la república, a España: el ordenamiento jurídico electoral anticaciquista, el Parlamento y la constitución de 1931, además del reconocimiento de la personalidad regional de Cataluña (en 1932) y el País Vasco (en 1936).
Antes que en Madrid, y en toda España, se proclama la república en Cataluña y en el País Vasco. Los nacionalismos son muy poderosos en esas fechas. El primer lugar en donde se proclama la república es en la Generalitat de Cataluña.
Desde el primer momento se recoge en la Constitución la promesa de dar gobiernos autónomos a aquellas provincias que llegasen a acuerdos para pedir la autonomía. Los catalanes proclamarán el Estatuto de Nuria, que a la postre será el estatuto catalán, aunque sensiblemente recortado por Azaña. Cataluña accederá a la autonomía el 9 de septiembre de 1932. El País Vasco también tendrá su estatuto de autonomía, pero ya en plena guerra civil, el 1 de octubre de 1936, por lo que nunca se llevó a la práctica. En las demás regiones hubo proyectos de estatutos de autonomía, como en Galicia o Andalucía, pero que nunca llegaron aprobarse.
La ley electoral se reforma para votar las nuevas Cortes constituyentes, sin las presiones de la coacción caciquil, ni la compra de votos. Lo más importante de la nueva ley es el sufragio universal, que concede el voto a las mujeres y que les permite, por primera vez, acceder a las Cortes, de las que entran a formar parte desde el principio. Además, se extiende a toda la provincia el mismo sistema electoral que se aplicaba a las ciudades, es decir, se votan tantos diputados como se tienen asignados, en contra del voto restringido que dominaba anteriormente.
La cuestión religiosa creará tensiones con el primer presidente de la República: Niceto Alcalá Zamora.
En la constitución,
el Ejecutivo queda supeditado a las Cortes, que tienen
voto de censura, y pueden provocar la destitución de un ministro,
por mayoría absoluta.
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