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La república

     El año 510 a.C. es el de la caída de la monarquía y el triunfo de la república. El mando militar y político pasó a los magistrados electos y de duración limitada: los cónsules (367 a.C.). Estos magistrados tenían impérium, pero con limitaciones. La magistratura duraba un año, y al cesar se le podían pedir responsabilidades. Al ser elegidos los magistrados dependían de los electores. Y por último las magistraturas eran colegiadas, con lo que varias personas ejercían la misma función con idéntico poder. Sin embargo, la magistratura preponderante fue el praetor máximus, jefe del ejército. A mediados del siglo V a.C. aparece como magistratura suprema un colegio de diez miembros: el decemviri, para redactar el Código Penal. Inicialmente, los magistrados eran nombrados por sus predecesores, pero en el siglo V a.C. se comienzan a votar. Con la desaparición de la monarquía, el poder del Senado se robustece. El Senado está constituido por 300 senadores, representantes de las familias más ricas, y no tenía funciones específicas. Sus miembros eran nombrados por los magistrados, con carácter vitalicio (desde finales del siglo IV a.C. durante cinco años). La intervención popular en la vida política creció.

     Sin embargo, fue la aristocracia la que dominó la vida pública, al monopolizar el consulado. El pueblo estaba al margen de la política, hasta que los plebeyos ricos consiguieron que se creará el cargo del tribuno de la plebe, que comenzaron siendo dos y llegaron a ser diez. El tribuno de la plebe tenía la capacidad de vetar cualquier decreto. Los tribunos eran elegidos en los comicios tributos, el pueblo reunido por tribus, en los plebis scita. Gracias a las presiones de los tribunos de la plebe la ley se plasma por escrito en el Código de las Doce Tablas (451-450 a.C.), con lo que cayeron las prerrogativas de la aristocracia. El derecho romano será una de las contribuciones más destacadas del legado de Roma a Occidente. No obstante, el Derecho que lega Roma no se basa en este Código, sino en las recopilaciones de Justiniano, en el siglo IV: el Digesto o la Pandectas o compilación de la jurisprudencia; el Código o recopilación de las leyes, o constituciones imperiales (en las que se incluyen las leyes que promulga Justiniano); las Instituciones, que recopilan los principios elementales del Derecho; y las Novelas, que recopilan las leyes promulgadas después de publicados las otras tres colecciones. Además, están las interpolaciones, que son pequeñas reformas o innovaciones.

     En estas condiciones, Roma comienza la construcción de un imperio, conquistando la península itálica, y entrando en guerra con Cartago en Hispania y con Grecia en el Peloponeso.

Magistraturas e instituciones republicanas

     El poder en la República era ejercido por los magistrados. El magistrado tenía impérium, es decir, poder público; aunque los magistrados menores tenían potestas. Las magistraturas se ejercían durante un año, al final del cual se les podía pedir cuentas. La más alta magistratura fue el consulado. Siempre hubo dos cónsules que daban nombre al año. Tuvieron el mando militar y político. En circunstancias excepcionales podían ser sustituidos por un dictador, con plenos poderes, durante seis meses.

     Otra alta magistratura fue el pretor, para la administración de la justicia. Hubo dos pretores, uno para los ciudadanos romanos y otro para los peregrinos.

     De vital importancia para la vida en Roma fue la magistratura del censor, que elaboraban el censo en el que se clasificaban a los ciudadanos en función de su clase, y en el que estaban censados los páter familia. Esta era la base del reclutamiento militar y del derecho al voto.

     Un cargo muy importante, no una magistratura, fue la del tribuno de la plebe, de gran influencia política, sobre todo ante el Senado. Gozaba de inviolabilidad, y podía convocar la asamblea de plebeyos: los plebis scita.

     El Senado fue el órgano de gobierno por excelencia. Lo constituían unos 300 senadores, aunque fue aumentando con las crisis de la república. Sus miembros pertenecían a la clase alta, y eran elegidos por los magistrados. Los altos magistrados también tenían derecho a pertenecer al Senado. Esto hizo del Senado una institución oligárquica. Fue fundamental en la creación de leyes, ya que controlaban su presentación ante la asamblea popular.

     Por último está la asamblea popular o comitia. En la asamblea popular se reunían las curias (las centurias, desde la reforma de Servio Tulio). La clase ecuestre tenía su propia asamblea, así como la plebe. En los comitia se votaban leyes y magistrados, y a los jueces de los tribunales. Esto no quiere decir que la república fuese un régimen democrático, ni siquiera a la manera griega. La asamblea popular era la que realmente hacía las leyes.
 

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